Considero de suma importancia presentar una pequeña semblanza del autor en cuestión, ello con el fin de dar un preámbulo a su obra.
Boaventura
de Sousa Santos nació en Quintela, Sao Pedro de Alva, Penacoya, Coímbra, Portugal, el 15 de noviembre de 1940, es doctor en Sociología del derecho por
la Universidad de Yale y
profesor catedrático de Sociología en la Universidad de Coímbra. Es
director del Centro de Estudios Sociales y del Centro de Documentación 25 de Abril de esa misma universidad;
además, profesor distinguido del Institute for Legal Studies de la Universidad de Wisconsin-Madison.
Se le considera uno de los principales intelectuales en el área de ciencias sociales, con reconocimiento internacional, con
especial popularidad en Brasil, principalmente, después de su participación en
varias ediciones del Foro Social Mundial en Porto Alegre. Es uno de los académicos e investigadores más
importantes en el área de la sociología jurídica a
nivel mundial.
Sus escritos se dedican al desarrollo de una Sociología
de las Emergencias, que según él pretende valorizar las más variadas gamas
de experiencias humanas, contraponiéndose a una "Sociología de las
Ausencias", responsable del desperdicio de la experiencia. Una herencia
contractualista bien marcada en sus obras y sus textos se entremezcla con una
organización de contratos sociales que sean verdaderamente capaces de
representar valores universales.
Una de sus preocupaciones es acercar la ciencia
de "sentido común" con vista a ampliar un acceso al conocimiento.
Defensor de la idea de que unos movimientos
sociales y cívicos fuertes son esenciales para el control democrático de la
sociedad y el establecimiento de formas de democracia participativa, fue
inspirador y miembro fundador en 1996 de la Asociación Cívica Pro Urbe
(Coimbra).
Su trayectoria reciente está marcada por la
cercanía con los movimientos organizadores y participativos del Foro Social
Mundial y por su participación coordinando la elaboración de una obra colectiva
de investigación denominada "Reinventar la Emancipación Social: Para
Nuevos Manifiestos".
Entrando en el tema que nos ocupa en el presente blog debo decir que es injusta mi síntesis y muy probablemente quede a cientos de kilómetros de distancia de lo que su autor propone, pero es menester hacerlo así que sin mas aquí está lo comprendido.
El autor realiza una crítica de lo que el pluralismo debería ser, es decir que debiese ser tomado en serio, pero que esto no se da del todo puesto que se limita en el Estado Plurinacional.
Plantea el significado del pluralismo jurídico como las diferentes convivencias de los sistemas jurídicos que convergen dentro de un mismo Estado (dentro de su análisis aborda el derecho ordinario y el de la justicia indígena).
Creo pertinente destacar lo que el considera como sistema ordinario, el cual es el que se encuentra dentro de la Constitución y por otro lado el derecho de la justicia indígena que si bien no se encontraba como ordenamiento reconocido a nivel constitucional, el trabajo y lucha continua logro que se estableciera y reconociera dentro de la misma.
De tal suerte que, en el mundo moderno el desarrollo de estos derechos debe ser recíproco, tanto del pilar de la regulación como desde el enfoque de la emancipación, así como la traducción de tal desarrollo en la plena racionalización dde la vida colectiva y personal.
Sin embargo lograr ese equilibrio se ha visto truncado, dados los excesos e insuficiencias de entender la complejidad del trabajo que debe realizar el nuevo derecho en el que la racionalidad moral y la práctica del derecho deben rendirse a la racionalidad cognitiva y ser uso de un instrumento científico, donde el resultado sea un pluralismo jurídico que se exprese en las normas, en las instituciones y en la práctica.
Según Boaventura de Sousa, las características de esta transformación serán esencialmente las prácticas nuevas de una cultura sin racismo, donde existan nuevos lenguajes, desmercantilización, una nueva forma de observar la globalización, la lucha por la igualdad, la fortificación de la educación social, en si, una nueva organización donde todos los actores puedan entender y llevar a cabo este cambio e interacción del llamado pluralismo jurídico.
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