Después de haber analizado de manera muy general el devenir del Iusnaturalismo, llegamos por fuerza a toparnos con su cotraparte el positivismo, elo cual trata de resolver los problemas con los que el Iusnaturalismo no ha podido y que en muchos de sus casos ha generado.
El tiempo dejaría muy en claro que este tipo de visión generaba mas
problemas de los que podía solucionar, puesto que con el poder absoluto
los que lo detentaban comenzaban a realizar atrocidades y abusos que
sembrarían la semilla de la duda en relación a la certeza de que los que
ostentaban ese poder serían del todo legítimos ante el Todo poderoso y
que sus decisiones siempre serían las correctas, así las cosas surge
otra corriente el positivismo.
Veamos entonces que el
positivismo afirma que el único conocimiento auténtico es el
conocimiento científico, y que sólo puede surgir este tipo de
conocimiento a la luz del método científico. Y en relación al Derecho se
parte ahora de la premisa de que es una creación del ser humano, y que
como creación humana esta atribuido al Estado. Que también se plantea el
círculo vicioso de que sin Estado no existe orden jurídico, porque no
existe quien ejerza la coercibilidad y esta última es una parte esencial
del derecho.
El Positivismo o Iuspositivismo es una corriente de pensamiento jurídico y su principal tesis, es la separación entre moral y derecho, que supone un rechazo a una vinculación lógica o necesaria entre ambos. Del mismo modo, define las instituciones jurídicas como un tipo particular de instituciones sociales.
Considera el tipo de normas válidas evitando cualquier tipo de interpretación moral o de valores. La disciplina que se da a la tarea de estudiar esta corriente es la Teoría General del Derecho, y esta se encarga de la dimensión normativa dentro del tridimensionalismo jurídico (norma. hecho y valor). Le da lo mismo lo injusto que lo justo de la aplicación de la norma, el jurista simplemente se limita a actar lo dicho por ella misma.
No hay una definición general del Iuspositivismo. Sin embargo, sus diferentes versiones tienen en común un planteamiento antimetafísico, defendiendo que el objeto de estudio de la ciencia jurídica es, el derecho positivo; y que este tiene, en su origen y desarrollo una relación directa con determinados fenómenos sociales.
En algunas de las versiones del Positivismo se plantea que el Derecho es un conjunto de normas dictadas por los seres humanosn (por el soberano), a través del Estado, mediante un procedimiento formalmente válido, con la intención o voluntad de someter la conducta humana al orden disciplinario por el acatamiento de esas normas.
Lo anterior no ha logrado controlar en ningún modo el poder del Estado ante sus gobernados, pues como coloquialmente se menciona que "el que hace la regla, hace la trampa", de tal modo que, aun cuando se tiene un procedimiento claro para generar las normas, basandose en la realidad social en el momento en que se pretenden generar, en muchos casos se generan demasiados cuerpos normativos, provocando confisiones e incluso normas claramente injustas, que afectan a la sociedad.
Y el círculo vicioso queda de la
siguiente manera: no existe Derecho sin Estado y tampoco existirá un
Estado sin un Derecho que lo conforme y lo forme.
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